Corte Constitucional despenaliza el aborto hasta la semana 24

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La decisión se tomó con votación 5-4. Desde la semana 24 seguirán vigentes las causales.

Esta decisión implica que de ahora adelante en Colombia, habrá un modelo mixto para realizar una IVE: será libre y legal hasta los seis meses de gestación. Y, luego de ese tiempo, seguirán vigentes las causales que regían desde 2006 que permiten hacer un aborto cuando el embarazo es un riesgo para la salud física o mental de la mujer, abuso sexual y malformación del feto incompatible con la vida.

La decisión precisa que bajo ninguna circunstancia será posible exigir un número de semanas para cuando se trate de abortos en las tres causales legales. 

Además, exhorta al Congreso y al Gobierno Nacional, para que, «sin perjuicio del cumplimiento inmediato de esta sentencia y, en el menor tiempo posible, formulen e implementen una política pública integral –incluidas las medidas legislativas y administrativas que se requiera, según el caso».

Lo anterior, para evitar que existan «amplios márgenes de desprotección para la dignidad y los derechos de las mujeres gestantes» y para que, a su vez, «proteja el bien jurídico de la vida en gestación sin afectar tales garantías». 

El alto tribunal explicó en un comunicado de prensa, que esa política debe contener, como mínimo, los siguientes elementos. 

1. La divulgación clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo. 

2. La eliminación de cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos que se reconocen en esta sentencia. 

3.La existencia de instrumentos de prevención del embarazo y planificación. 

4. El desarrollo de programas de educación en materia de educación sexual y reproductiva para todas las personas. 

5. Medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción, entre otras. 

6. Medidas que garanticen los derechos de los nacidos en circunstancias de gestantes que desearon abortar. 

A favor votaron los magistrados Antonio José Lizarazo, Alberto Rojas, José Fernando Reyes, Diana Fajardo y el conjuez Ossa. En contra, las magistradas Cristina Pardo, Paola Meneses y Gloria Ortiz y el magistrado Jorge Enrique Ibáñez.

Esta sesión era clave porque el martes 22 de febrero termina su periodo como magistrado del alto tribunal Alberto Rojas Ríos, lo que obliga a ocupar su plaza de manera provisional mientras se posesiona la magistrada Natalia Ángel. 

Este diario conoció que habría acuerdo en la Sala Plena para designar a Karena Caselles, quien es magistrada auxiliar del despacho de Rojas Ríos. 

En primer lugar, la Sala Plena negó con votación 7-1 el impedimento que presentó la magistrada Cristina Pardo quien, siendo Secretaría Jurídica de la Presidencia, objetó conciencia para para no hacer el examen correspondiente a un proyecto de ley en el que se adoptaban medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, que incluían mención al derecho que tienen las víctimas de este delito de abortar, que es una de las causales despenalizadas.


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