A través de la Directiva 016, que incluye un anexo técnico, se especifica el objetivo del Plan de Alternancia Educativa, el alcance de este, las orientaciones para las fases de formulación, implementación y seguimiento, entre otros aspectos esenciales.
El gobierno del presidente Iván Duque, a través del trabajo coordinado entre el Ministerio de Educación Nacional, el Ministerio de Salud y Protección Social y con el liderazgo y compromiso de las autoridades territoriales sigue avanzando en la generación de condiciones que permitan el retorno gradual, progresivo y seguro de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, a las aulas en todos los niveles educativos bajo esquemas de alternancia.
Así, en desarrollo del artículo 3 de la Resolución 1721 del 24 de septiembre de 2020 el Ministerio de Educación Nacional expidió la Directiva 016 del 9 de octubre de 2020, mediante la cual se brinda a las Entidades Territoriales Certificadas en Educación, orientaciones para contribuir a la formulación e implementación de los Planes de Alternancia Educativa.
Sobre el tema la Ministra de Educación Nacional, María Victoria Angulo González, destacó que esta directiva tiene como fin ayudar a formalizar las disposiciones, la organización y la gestión que adelantan los Gobiernos departamentales, distritales y municipales a través de sus Secretarías de Educación y en coordinación con las autoridades sanitarias, para formular el plande regreso gradual, progresivo y seguro a los espacios de experiencia educativa presencial para favorecer el desarrollo integral y los aprendizajes de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes de todas las regiones del País.
«De esta forma, con el compromiso, responsabilidad y aporte de todos los servidores públicos del sector educación y de los colegios privados, continuamos con la implementación gradual, progresiva y segura de la prestación del servicio educativo bajo el esquema de alternancia», destacó la ministra Angulo sobre el tema.
El documento expedido por la Cartera de Educación contempla que las Entidades Territoriales Certificadas en Educación tienen un plazo de 30 días calendario, a partir de la fecha de expedición de la Directiva, para elaborar, aprobar y presentar ante la comunidad educativa y el Ministerio de Educación Nacional, sus planes de alternancia especificando las acciones que se tomarán por niveles educativos y para el sector oficial y no oficial. Asimismo, a partir del cumplimiento del término señalado, las autoridades en trabajo conjunto con la comunidad educativa darán inicio a la implementación del plan de alternancia y los protocolos con alcance para todo el sector.
Estos planes con alcance para los años 2020 y 2021, serán adoptados por los mandatarios territoriales, valorando siempre las condiciones y el contexto sanitario del territorio y brindarán información para que todos los miembros de las comunidades educativas cuenten con la información suficiente, clara y basada en evidencia de las autoridades de salud, sobre las acciones, y tiempos que deben ser tenidos en cuenta para la implementación de los protocolos en cada nivel educativo.
Con base en los planes de alternancia educativa los establecimientos educativos de cada zona deben adelantar sus acciones para el retorno gradual, progresivo y seguro que permita el adecuado regreso a las aulas de conformidad con las disposiciones contempladas en la Resolución 1721 de 2020. Los establecimientos educativos que ya cuentan con protocolos aprobados por las autoridades territoriales, continuarán prestando el servicio educativo bajo alternancia revisando lo señalado en la Resolución mencionada.
De esta forma el gobierno del presidente Iván Duque, avanza en la coordinación de las acciones necesarias para que las autoridades territoriales de la mano de la las Instituciones Educativas del país avancen en el establecimiento de condiciones que permitan un retorno gradual, progresivo, seguro y eficaz a las aulas de clase, garantizando el derecho a la educación de todos los niños, niñas y jóvenes, al mismo tiempo que se salvaguarda la salud y seguridad de las comunidades educativas en todas las regiones de Colombia.
Consulte en este enlace la Directiva 016 del 9 de octubre de 2020.